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Obligación de declarar la salida o entrada en España con dinero en efectivo.

OBLIGADOS A DECLARAR:

Tiene obligación de declarar toda persona (española o extranjera) que pretenda salir o entrar en España con dinero en efectivo por importe igual o superior a DIEZ MIL EUROS (10.000€) o su contravalor en moneda extranjera. La obligación de declarar es igualmente aplicable al movimiento de cheques bancarios al portador u otros medios de pago no nominativos por importe igual o superior a 10.000 € o su contravalor en moneda extranjera.

Se entiende por entrada o salida de España la realizada desde o hacia cualquier país tercero, incluidos los Estados miembros de la Unión Europea, ya se produzca por frontera terrestre, marítima o aeroportuaria.

Esta declaración es completamente gratuita.

También existe la obligación de declarar los movimientos de efectivo, realizados en el interior de nuestro país, por un importe igual o superior de CIEN MIL EUROS (100.000€) o su equivalente en moneda extranjera.

COMO DECLARAR:

La declaración se realizará mediante la presentación del modelo S1 ante los Servicios de Aduanas.

La declaración deberá presentarse por propia iniciativa, antes de cualquier actividad fiscalizadora de los agentes aduaneros o policiales.

La copia de la declaración presentada se portará conjuntamente con el efectivo durante el traslado de los fondos, debiendo ser exhibida, en su caso, a requerimiento de los agentes aduaneros o policiales.

Para consultar la legislación aplicable, pinche AQUÍ.

SANCIONES:

El incumplimiento de la obligación de declarar determinará la intervención del dinero transportado, su depósito y el inicio de un expediente sancionador.

El expediente sancionador puede concluir con la imposición de una sanción de multa que puede oscilar entre 600 € y el doble del valor de los medios de pago intervenidos.

La sanción se graduará atendiendo a:

– La cuantía del movimiento.

– La falta de acreditación del origen lícito del dinero.

– La incoherencia entre la actividad del portador y la cuantía del movimiento.

– La intención de ocultar el dinero.

– La reincidencia.

PREVENCIÓN:

La obligación de declarar los movimientos de efectivo se establece para prevenir el blanqueo de capitales y otras formas graves de criminalidad, como la financiación del terrorismo.

 

Comentarios

  1. MIRIAM RONDON

    Buenas noches.

    Me ayudarían con las siguientes preguntas:
    *Los 10,000 euros permitidos como máximo es por persona o por familia?
    *Podemos mi esposo ingresar 10mil y yo otros 10mil?
    *Niños pueden llevar o no estan permitidos que porten esa cantidad por mas que este dentro del limite?

    Y también quiero saber si una vez que declaras el dinero, que pasa? te cobran algún impuesto? cuanto?
    todo lo que me puedan informar al respecto seria genial.

    gracias

    Miriam

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