952313870
info@manresa-asesores.com

He recibido una subvención. ¿Está exenta, … tengo que declararla?

En Renta 2012, como novedad, pueden utilizarse el borrador de la declaración si se ha percibido una subvención o ayuda, siempre que no esté destinada a actividades económicas.

 

Como norma general, salvo que la Ley expresamente lo indique, todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta. Las que reciben las personas que realizan actividades económicas, pueden tener la consideración de rendimiento de la actividad o de ganancia patrimonial, según el destino de la subvención o ayuda.

Entre las subvenciones o ayudas más frecuentes, destacan las destinadas a la adquisición de viviendas, las del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (Plan PIVE), las ayudas para compensar gastos escolares, para realizar determinadas mejoras en las viviendas (eficiencia energética, accesibilidad, etc) y para compensar determinados gastos relacionados con la protección de la salud.

Cada una de estas subvenciones o ayudas puede tener un tratamiento diferente en el Impuesto sobre la Renta, por lo que para comprobar si deben o no declararse, conviene, en primer lugar, consultar el acuerdo de concesión de la ayuda, que, si está exenta, recogerá esta circunstancia.

Si se desconoce o no se tiene acceso al acuerdo de concesión, se puede consultar el régimen tributario de la ayuda recibida en el Servicio de Información RENTA, 901 33 55 33 (de Lunes a Viernes de 9 a 19 horas).

A título de ejemplo, y por tratarse de las más numerosas, se comunica que las ayudas del Plan PIVE están sujetas al impuesto, debiendo incluir el importe de la ayuda pública recibido en 2012 (1.000€), en el apartado Ganancias Patrimoniales del borrador o declaración. Lo mismo ocurre con las subvenciones para adquisición de vivienda.

Crédito imagen: www.freedigitalphotos.net

Fuente: AEAT

Comentarios

    Dejar un comentario

    XHTML: Puedes usar estas etiquetas: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>

    Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.