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Cambio de criterio en la aplicación de empresas de reducida dimensión para arrendamiento de inmuebles

tipo de gravamen reducido

Según los artículos 108 y 114 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo (Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades), en su redacción vigente para los períodos analizados 2009-2011, las entidades cuya cifra de negocios del año anterior fuera inferior a 10 millones de euros pueden beneficiarse del tipo de gravamen reducido.

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Cómo aprovechar fiscalmente las pérdidas de las sociedades y del patrimonio particular.

El aprovechamiento fiscal de las pérdidas forma parte de la planificación fiscal patrimonial, siendo una manera de reducir el impacto fiscal en las decisiones de inversión y desinversión por parte de los patrimonios particulares.

A nivel societario, las pérdidas también pueden tener un impacto muy significativo en la toma de importantes decisiones de compra y venta de empresas.

Las pérdidas bien gestionadas pueden por lo tanto suponer un ahorro fiscal tanto en particulares como en empresas.

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Ley 11/2013. Incentivos fiscales para fomentar la creación de empresas y el autoempleo autónomo

En el BOE de 26 de julio se ha publicado la Ley 11/2013, de 26 de julio, que contiene una serie de medidas en diversos ámbitos de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo (con entrada en vigor el 28 de julio).

En el ámbito tributario esta norma recoge, las novedades que ya introdujo el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

Respecto a estas medidas, la única novedad que contiene la Ley 11/2013 con respecto al Real Decreto-Ley 4/2013 consiste en que hace extensible la escala reducida prevista para las entidades de nueva creación, a las cooperativas de nueva creación constituidas a partir del 1 de enero de 2013, tanto respecto de los resultados cooperativos como de los extracooperativos.

A continuación recordamos las principales medidas adoptadas

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Proxima Cita: Impuesto sobre Sociedades, hasta el 25 de julio.

Cuando empieza a verse el fin de la Campaña de Renta y Patrimonio 2011  (hasta el 2 de julio) ya hay que ir pensando en la nueva Campaña del Impuestos sobre Sociedades 2011 e Impuesto sobre la Renta de No Residentes 2011 El plazo comienza el día 1 de julio y finaliza el 25 del mismo mes.

Para la correcta confección del Impuesto, podemos seguir los siguientes Consejos que nos da el REAF para el Cierre del Ejercicio. Puedes verlos AQUÍ.

Por otra parte, la Agencia Tributaria nos facilita en su página Web la normativa básica aplicable al Impuesto sobre Sociedades. Puedes verla AQUÍ.