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Calendario del Contribuyente. Enero 2020

Calendario del Contribuyente. Enero 2020

¿Cómo puedo cumplir con el calendario del contribuyente, enero 2020?

La presentación electrónica por
Internet
podrá realizarse con DNI electrónico, certificado electrónico,
Cl@ve PIN o número de referencia. Para todos los modelos podrá utilizarse el
DNI electrónico y/o el certificado electrónico, de personas físicas o representantes
de personas jurídicas y cualquier otra entidad. La Cl@ve PIN y el número
de referencia
solo podrán ser utilizados por personas físicas.

Las personas físicas disponen
del DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia para
presentar, en su caso, declaraciones informativas, censales, determinadas
autoliquidaciones, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza
tributaria.

El número de referencia
permite, solo a las personas físicas, realizar gestiones relativas al IRPF.

Las S. A. y S. L.,
así como los contribuyentes adscritos a las Unidades de Gestión de Grandes
Empresas o a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, están obligados a
presentar por Internet con certificado electrónico sus declaraciones
informativas, autoliquidaciones y con carácter general también sus declaraciones
censales.

El resto de entidades
(cooperativas, asociaciones, fundaciones) presentarán las autoliquidaciones por
Internet con certificado electrónico o pre-declaración impresa y las
declaraciones informativas por Internet con certificado electrónico.

Recuerde: si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario del contribuyente.

Calendario del Contribuyente. Octubre 2019

Calendario del contribuyente. Octubre 2019

¿Cómo puedo cumplir con el calendario del contribuyente, octubre 2019?

La presentación electrónica por Internet podrá realizarse con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia. Para todos los modelos podrá utilizarse el DNI electrónico y/o el certificado electrónico, de personas físicas, representantes de personas jurídicas y cualquier otra entidad. La Cl@ve PIN y el número de referencia sólo podrán ser utilizados por personas físicas.

Las personas físicas disponen del DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia para presentar, en su caso, declaraciones informativas, censales, determinadas autoliquidaciones, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

Las S.A. y S.L., así como los contribuyentes adscritos a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas o a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, están obligados a presentar por Internet con certificado electrónico sus declaraciones informativas, autoliquidaciones y con carácter general también sus declaraciones censales.

El resto de entidades (cooperativas, asociaciones, fundaciones) presentarán las autoliquidaciones por Internet con certificado electrónico o pre-declaración impresa y las declaraciones informativas por Internet con certificado electrónico.

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Calendario del Contribuyente. Abril 2019

La presentación electrónica por Internet podrá realizarse con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia. Para todos los modelos podrá utilizarse el DNI electrónico y/o el certificado electrónico, de personas físicas, representantes de personas jurídicas y cualquier otra entidad. La Cl@ve PIN y el número de referencia sólo podrán ser utilizados por personas físicas.

Las personas físicas disponen del DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia para presentar, en su caso, declaraciones informativas, censales, determinadas autoliquidaciones, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

Las S.A. y S.L., así como los contribuyentes adscritos a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas o a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, están obligados a presentar por Internet con certificado electrónico sus declaraciones informativas, autoliquidaciones y con carácter general también sus declaraciones censales.

El resto de entidades (cooperativas, asociaciones, fundaciones) presentarán las autoliquidaciones por Internet con certificado electrónico o pre-declaración impresa y las declaraciones informativas por Internet con certificado electrónico.

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Calendario del Contribuyente. Febrero 2019

 

La presentación electrónica por Internet podrá realizarse con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia. Para todos los modelos podrá utilizarse el DNI electrónico y/o el certificado electrónico, de personas físicas, representantes de personas jurídicas y cualquier otra entidad. La Cl@ve PIN y el número de referencia sólo podrán ser utilizados por personas físicas.

Las personas físicas disponen del DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia para presentar, en su caso, declaraciones informativas, censales, determinadas autoliquidaciones, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

Las S.A. y S.L., así como los contribuyentes adscritos a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas o a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, están obligados a presentar por Internet con certificado electrónico sus declaraciones informativas, autoliquidaciones y con carácter general también sus declaraciones censales.

El resto de entidades (cooperativas, asociaciones, fundaciones) presentarán las autoliquidaciones por Internet con certificado electrónico o pre-declaración impresa y las declaraciones informativas por Internet con certificado electrónico.

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