Calendario del Contribuyente. Octubre 2013
La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas puede ser, según el impuesto y el obligado tributario de que se trate:
• Trimestral, para empresarios individuales y profesionales en el método de estimación objetiva o en estimación directa y, para sociedades y entes sin personalidad jurídica.
• Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2012 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME) así como, los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social (con presupuesto anual anterior al ejercicio, mayor de 6.000.000 €).
Es posible elegir entre las diversas formas de presentación de cada modelo, salvo que se establezca la obligatoriedad de utilizar alguna: en impreso convencional o generado mediante módulo de impresión con programa de ayuda, por Internet o en soporte directamente legible por ordenador.
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Hasta el 21
RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Septiembre 2013. Grandes empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128
Tercer trimestre 2013. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128
Pagos fraccionados Renta
Tercer trimestre 2013:
-Estimación directa. Modelo 130
-Estimación objetiva. Modelo 131
Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes
Ejercicio en curso:
-Régimen general. Modelo 202
-Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales). Modelo 222
IVA
Septiembre 2013. Régimen general. Autoliquidación. Modelo 303
Septiembre 2013. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo 322
Septiembre 2013. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo 340
Septiembre 2013. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
Septiembre 2013. Grupo de entidades, modelo agregado. Modelo 353
Septiembre 2013. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380
Tercer trimestre 2013. Régimen general. Autoliquidación. Modelo 303
Tercer trimestre 2013. Declaración-liquidación no periódica. Modelo 309
Tercer trimestre 2013. Régimen simplificado. Modelo 310
Tercer trimestre 2013. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
Tercer trimestre 2013. Servicios vía electrónica. Modelo 367
Tercer trimestre 2013. Regímenes general y simplificado. Modelo 370
Tercer trimestre 2013. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380
Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Modelo 308
Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Modelo 341
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
Septiembre 2013. Modelo 430
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Julio 2013. Grandes empresas (*).Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558
Julio 2013. Grandes empresas. Modelos 561, 562, 563
Septiembre 2013. Grandes empresas. Modelo 560
Septiembre 2013. Modelos 566, 581
Septiembre 2013 (*).Modelos 570, 580
Tercer trimestre 2013. Modelos 521, 522
Tercer trimestre 2013. Actividades V1, V2, V7, F1, F2. Modelo 553
Tercer trimestre 2013. Excepto grandes empresas. Modelo 560
Tercer trimestre 2013. Modelos 582, 595
Cuarto trimestre 2012. Solicitudes de devolución. Modelos 506, 507, 508, 524, 572
(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (grandes empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510
Hasta el 31
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
Tercer trimestre 2013. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitadoel NIF a las entidades de crédito. Modelo 195
CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA
Solicitud de inclusión para el año 2014. Modelo CCT
La renuncia se deberá formular en el modelo de “solicitud de inclusión / comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”
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