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Calendario del Contribuyente. Noviembre 2017

La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas según el impuesto y el obligado tributario, puede ser:

Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.

Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2015 (grandes empresas), para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME), los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social.

Es posible elegir la forma de presentación de cada modelo, salvo que se establezca la obligatoriedad de utilizar alguna:

Electrónica por Internet, con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.

Soporte directamente legible por ordenador.

Telemática por teleproceso sólo para los modelos 185 y 186.

SMS para el modelo 390 y también para los modelos 190 y 347 pero solo para las comunidades de propietarios y hasta 15 registros declarados.

Pre-declaración impresa obtenida previa cumplimentación de los formularios disponibles en la Sede electrónica, o utilizando los modelos de declaración obtenidos al usar un programa informático desarrollado por la Agencia Tributaria (programas de ayuda), u otro que obtenga un fichero con el mismo formato e iguales características y especificaciones que aquel.

Hasta el 6 de noviembre:

RENTA

  • Ingreso del segundo plazo de la declaración anual de 2016, si se fraccionó el pago: 102

Hasta el 20 de noviembre:

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Octubre 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

IVA

  • Octubre 2017. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IGIC y otras operaciones: 340
  • Octubre 2017. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Octubre 2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Octubre 2017: 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Agosto 2017. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Agosto 2017. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Octubre 2017: 548, 566, 581
  • Octubre 2017: 570, 580
  • Tercer trimestre 2017. Excepto grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Tercer trimestre 2017. Excepto grandes empresas: 561, 562, 563
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Octubre 2017. Grandes empresas: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Tercer trimestre 2017. Pago fraccionado: 583

Hasta el 30 de noviembre:

IVA

  • Octubre 2017. Autoliquidación: 303
  • Octubre 2017. Grupo de entidades, modelo individual: 322
  • Octubre 2017. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
  • Solicitud de inscripción/baja. Registro de devolución mensual: 036
  • Solicitud aplicación régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2017: sin modelo
  • SII: Opción o renuncia por la llevanza electrónica de los libros registro: 036
  • SII. Comunicación de la opción / renuncia por la facturación por los destinatarios de las operaciones o terceros: 036

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Año 2016. Autoliquidación: 583

 

Fuente: AEAT

 

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