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Calendario del Contribuyente. Junio 2015

La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas, según el impuesto y el obligado tributario, puede ser:

Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.

Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2014 (grandes empresas), para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME), los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social.

Es posible elegir entre las diversas formas de presentación de cada modelo, salvo que se establezca la obligatoriedad de utilizar alguna:

  • Electrónica, con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.
  • Soporte directamente legible por ordenador.
  • Telemática por teleproceso sólo para los modelos 185 y 186.
  • SMS para el modelo 390, y los modelos 190 y 347 también se habilita la presentación con SMS pero solo para las comunidades de propietarios y hasta 15 registros declarados.
  • Impreso convencional (pre-impreso) o generado mediante el servicio de impresión de la sede electrónica de la Agencia Tributaria (pre-declaración impresa obtenida exclusivamente por Internet).

Hasta el 1 de junio:

DECLARACIÓN ANUAL DE CUENTAS FINANCIERAS DE DETERMINADAS PERSONAS ESTADOUNIDENSES        

  • Año 2014: Modelo 290

Hasta el 22 de junio:

RENTA Y SOCIEDADES   

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Mayo 2015. Grandes empresas: Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

IVA

  • Mayo 2015. Autoliquidación: Modelo 303
  • Mayo 2015. Grupo de entidades, modelo individual: Modelo 322
  • Mayo 2015. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: Modelo 340
  • Mayo 2015. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: Modelo 349
  • Mayo 2015. Grupo de entidades, modelo agregado: Modelo 353
  • Mayo 2015. Operaciones asimiladas a las importaciones: Modelo 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Mayo 2015: Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Marzo 2015. Grandes empresas: Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Marzo 2015. Grandes empresas: Modelos 561, 562, 563
  • Mayo 2015. Grandes empresas: Modelo 560
  • Mayo 2015: Modelos 548, 566, 581
  • Mayo 2015: Modelo 570, 580

Los destinatarios registrados, incluso ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán como declaración de operaciones el modelo: 510

Hasta el 25 de junio:

RENTA Y PATRIMONIO   

Borrador y declaración anual 2014 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta: Modelos D-100, D-714

Hasta el 30 de junio:

RENTA Y PATRIMONIO   

Borrador y declaración anual 2014 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación: Modelos D-100, D-714

Régimen especial del Impuesto sobre la Renta de no Residentes para trabajadores desplazados 2014: Modelo 150

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