Calendario del Contribuyente. Junio 2014
La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas puede ser, según el impuesto y el obligado tributario de que se trate:
Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales y, para sociedades y entes sin personalidad jurídica.
Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2013 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME) así como, los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social.
Hasta el día 20:
RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
- Mayo 2014. Grandes empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
IVA
- Mayo 2014. Autoliquidación. Modelo 303
- Mayo 2014. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo 322
- Mayo 2014. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo 340
- Mayo 2014. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
- Mayo 2014. Grupo de entidades, modelo agregado. Modelo 353
- Mayo 2014. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
- Mayo 2014. Modelo 430
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
- Marzo 2014. Grandes empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558
- Marzo 2014. Grandes empresas. Modelos 561, 562, 563
- Mayo 2014. Grandes empresas. Modelo 560
- Mayo 2014. Modelos 566, 581
- Mayo 2014 (*). Modelos 570, 580
(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (grandes empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.
Hasta el día 25:
RENTA Y PATRIMONIO
- Confirmación del borrador de declaración con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
- Declaración anual 2013 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta. Modelos D-100, D-714.
Hasta el día 30:
RENTA Y PATRIMONIO
- Confirmación del borrador de declaración con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación.
- Declaración anual 2013 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación. Modelos D-100, D-714.
- Régimen especial de tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes para trabajadores desplazados 2013. Modelo 150
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