Calendario del Contribuyente. Febrero 2013
La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas puede ser, según el impuesto y el obligado tributario de que se trate:
• Trimestral, para empresarios individuales y profesionales en el método de estimación objetiva o en estimación directa y, para sociedades y entes sin personalidad jurídica.
• Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2012 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME) así como, los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social (con presupuesto anual anterior al ejercicio, mayor de 6.000.000 €).
Es posible elegir entre las diversas formas de presentación de cada modelo, salvo que se establezca la obligatoriedad de utilizar alguna: en impreso convencional o generado mediante módulo de impresión con programa de ayuda, por Internet o en soporte directamente legible por ordenador.
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Hasta el 20
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
• Enero 2013. Grandes empresas…………………………………………..111,115,117,123,124,126,128
IVA
• Enero 2013. Régimen general. Autoliquidación……………………………………………………………….303
• Enero 2013. Grupo de entidades, modelo individual………………………………………………………322
• Enero 2013. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro
del IVA e IGIC y otras operaciones………………………………………………………………………………………340
• Enero 2013. Declaración recapitulativa de operaciones
Intracomunitarias……………………………………………………………………………………………………………….…349
• Enero 2013. Grupo de entidades, modelo agregado……………………………………………………….353
• Enero 2013. Operaciones asimiladas a las importaciones……………………………………………….380
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
• Enero 2013…………………………………………………………………………………………………………………………..430
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
• Noviembre 2012. Grandes empresas(*)……………………………………….553,554,555,556,557,558
• Noviembre 2012. Grandes empresas……………………………………………………………………561,562,563
• Enero 2013. Grandes empresas………………………………………………………………………………….……….560
• Enero 2013………………………………………………………………………………………………………………….566, 581
• Enero 2013(*)……………………………………………………………………………………………………………….570,580
• Cuarto trimestre 2012. Excepto grandes empresas(*)…………………553,554,555,556,557,558
• Cuarto trimestre 2012. Excepto grandes empresas…………………………………………….561,562,563
(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (grandes empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo……………………………………………………………………………………………………………………………………..510
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
• Cuarto trimestre 2012. Declaración trimestral de cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito.
Presentación en soporte y por Internet…………………………………………………………………………………195
• Declaración anual 2012. Identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito. Presentación en soporte y por Internet……………………………………………………………………199
PLANES, FONDOS DE PENSIONES, SISTEMAS ALTERNATIVOS, MUTUALIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL, PLANES DE PREVISIÓN ASEGURADOS, PLANES INDIVIDUALES DE AHORRO SISTEMÁTICO, PLANES DE PREVISIÓN SOCIAL EMPRESARIAL Y SEGUROS DE DEPENDENCIA
• Declaración anual 2012. Presentación en soporte y por Internet……………………………………..345
SUBVENCIONES, INDEMNIZACIONES O AYUDAS DE ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, GANADERAS O FORESTALES
• Declaración anual 2012. Presentación en soporte y por Internet………………………………………346
Hasta el 28
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Entidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción, para el cálculo de los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del periodo de los tres, nueve u once meses de cada año natural………………………………………………………………………………036
Si el periodo impositivo no coincide con el año natural la opción/renuncia a la opción, se ejercerá en los primeros dos meses de cada ejercicio o entre el inicio del ejercicio y el fin del plazo para efectuar el primer pago fraccionado, si este plazo es inferior a dos meses.
DECLARACIÓN ANUAL DE CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
• Declaración anual 2012……………………………………………………………………………………………………….159
DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS
• Año 2012………………………………………………………………………………………………………………………………184
DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS
• Año 2012………………………………………………………………………………………………………………………………347
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