Calendario del Contribuyente. Enero 2015
La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas, según el impuesto y el obligado tributario, puede ser:
Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2014 (grandes empresas), para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME), los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social.
Es posible elegir entre las diversas formas de presentación de cada modelo, salvo que se establezca la obligatoriedad de utilizar alguna:
- Electrónica, con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.
- Soporte directamente legible por ordenador.
- Telemática por teleproceso sólo para los modelos 185 y 186.
- SMS para el modelo 390, y los modelos 190 y 347 también se habilita la presentación con SMS pero solo para las comunidades de propietarios y hasta 15 registros declarados.
- Impreso convencional (pre-impreso) o generado mediante el servicio de impresión de la sede electrónica de la Agencia Tributaria (pre-declaración impresa obtenida exclusivamente por Internet).
Hasta el 20 de enero:
RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
- Diciembre 2014. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
- Cuarto trimestre 2014: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136
IVA
- Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades: 039
- Cuarto trimestre 2014. Servicios vía electrónica: 367
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
- Diciembre 2014: 430
- Resumen anual 2014: 480
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
- Octubre 2014. Grandes empresas:553, 554, 555, 556, 557, 558
- Octubre 2014. Grandes empresas: 561, 562, 563
- Diciembre 2014. Grandes empresas: 560
- Diciembre 2014: 548, 566, 581
- Diciembre 2014: 570, 580
- Cuarto trimestre 2014: 521, 522, 547
- Cuarto trimestre 2014. Actividades V1, V2, V7, F1, F2: 553
- Cuarto trimestre 2014. Excepto grandes empresas: 560
- Cuarto trimestre 2014: 582, 595
- Cuarto trimestre 2014. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572
Los destinatarios registrados, incluso ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán como declaración de operaciones el modelo 510
IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES
- Año 2014. Declaración anual: 584, 585
- Tercer cuatrimestre 2014. Autoliquidación: 587
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN
- Año 2014: 596
Hasta el 30 de enero:
RENTA
Pagos fraccionados Renta
Cuarto trimestre 2014:
- Estimación directa: 130
- Estimación objetiva: 131
IVA
- Diciembre 2014. Autoliquidación: 303
- Diciembre 2014. Grupo de entidades, modelo individual: 322
- Diciembre 2014. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340
- Diciembre 2014. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
- Diciembre 2014. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
- Diciembre 2014 (o año 2014). Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
- Cuarto trimestre 2014. Autoliquidación: 303
- Cuarto trimestre 2014. Declaración-liquidación no periódica: 309
- Cuarto trimestre (o año 2014). Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
- Cuarto trimestre 2014. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
- Resumen anual 2014: 390
- Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: 308
- Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341
IVA
Opción o revocación de la aplicación prorrata especial para 2015 y siguientes, si se inicio la actividad en el último trimestre de 2014: 036/037
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