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Calendario del Contribuyente. Diciembre 2014

La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas puede ser, según el impuesto y el obligado tributario de que se trate:

Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales y, para sociedades y entes sin personalidad jurídica.

Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2013 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME) así como, los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social.

Hasta el 1:

IVA

  • Solicitud de inscripción/baja. Registro de devolución mensual. Modelo 036.
  • Solicitud aplicación régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2015 sin modelo.

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Año 2013. Autoliquidación. Modelo 583

Hasta el 22:

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Noviembre 2014. Grandes empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes

Ejercicio en curso:

  • Régimen general. Modelo 202
  • Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales). Modelo 222

IVA

  • Noviembre 2014. Autoliquidación. Modelo 303
  • Noviembre 2014. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo 322
  • Noviembre 2014. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo 340
  • Noviembre 2014. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
  • Noviembre 2014. Grupo de entidades, modelo agregado. Modelo 353
  • Noviembre 2014. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Noviembre 2014. Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Septiembre 2014. Grandes empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Septiembre 2014. Grandes empresas. Modelos 561, 562, 563
  • Noviembre 2014. Grandes empresas. Modelo 560
  • Noviembre 2014. Modelos 566, 581
  • Noviembre 2014 (*). Modelos 570, 580

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (grandes empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

Hasta el 31:

RENTA

  • Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2015 y sucesivos. Modelos 036/037

IVA

  • Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2015 y sucesivos. Modelos 036/037
  • Opción o renuncia al régimen de criterio de caja para 2015. Modelos 036/037
  • Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2015 y sucesivos. Modelo 036
  • Opción o revocación por la determinación global de la base imponible en el régimen especial de las agencias de viajes para 2015 y sucesivos. Modelo 036
  • Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2015 y 2016. Modelo 036
  • Renuncia al régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2015 sin modelo.
  • Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades. Modelo 039
  • Opción o renuncia por la modalidad avanzada del régimen especial del grupo de entidades. Modelo 039
  • Comunicación anual relativa al régimen especial del grupo de entidades. Modelo 039

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