Calendario del Contribuyente. Agosto 2014
La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas puede ser, según el impuesto y el obligado tributario de que se trate:
Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales y, para sociedades y entes sin personalidad jurídica.
Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2013 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME) así como, los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social.
Hasta el día 20:
IVA
- Julio 2014. Autoliquidación. Modelo 303
- Julio 2014. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo 322
- Julio 2014. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro de IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo 340
- Julio 2014. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
- Mayo 2014. Grandes empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558
- Mayo 2014. Grandes empresas. Modelos 561, 562, 563
- Julio 2014. Grandes empresas. Modelo 560
- Julio 2014. Modelos 566, 581
- Julio 2014 (*).Modelos 570, 580
- Segundo trimestre 2014. Excepto grandes empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558
- Segundo trimestre 2014. Excepto grandes empresas. Modelos 561, 562, 563
(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (grandes empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.
Durante todo el mes:
Se podrán presentar los modelos 349 y 353 del IVA y 430 del Impuesto sobre las Primas de Seguros, cuyo plazo de presentación concluye el 22 de septiembre.
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