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Calendario del Contribuyente. Abril 2014

 

La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas puede ser, según el impuesto y el obligado tributario de que se trate:

Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales y, para sociedades y entes sin personalidad jurídica.

Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2013 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME) así como, los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social.


Desde el 1 de abril hasta el 30 de junio:

BORRADOR DE LA DECLARACIÓN DE RENTA 2013

Confirmación del borrador por vías no presenciales con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación en cuenta.

Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta hasta el 25 de junio.

Desde el 23 de abril hasta el 30 de junio:

RENTA Y PATRIMONIO

Presentación por Internet de la declaración anual 2013. Modelos D-100, D-714

Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta hasta el 25 de junio.


 

Hasta el 21:

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.  

Marzo 2014. Grandes empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

Primer trimestre 2014. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136

Pagos fraccionados Renta

Primer trimestre 2014:     

– Estimación directa. Modelo 130

– Estimación objetiva. Modelo 131

Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes

Ejercicio en curso:  

– Régimen general. Modelo 202

– Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales). Modelo 222

IVA

Marzo 2014. Autoliquidación. Modelo 303

Marzo 2014. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo 322

Marzo 2014. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo 340

Marzo 2014. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349

Marzo 2014. Grupo de entidades, modelo agregado. Modelo 353

Marzo 2014. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380

Primer trimestre 2014. Autoliquidación. Modelo 303

Primer trimestre 2014. Declaración-liquidación no periódica. Modelo 309

Primer trimestre 2014. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349

Primer trimestre 2014. Servicios vía electrónica. Modelo 367

Primer trimestre 2014. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380

Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Modelo 308

Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Modelo 341

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

Marzo 2014. Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

Enero 2014. Grandes empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558

Enero 2014. Grandes empresas. Modelos 561, 562, 563

Marzo 2014. Grandes empresas. Modelo 560

Marzo 2014. Modelos 566, 581

Marzo 2014 (*). Modelos 570, 580

Primer trimestre 2014. Modelo 521,522

Primer trimestre 2014. Actividades V1, V2, V7, F1, F2. Modelo 553

Primer trimestre 2014. Excepto grandes empresas. Modelo 560

Primer trimestre 2014. Modelos 582, 595

Primer trimestre 2014. Solicitudes de devolución. Modelos 506, 507, 508, 524, 572

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (grandes empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

Primer trimestre 2014. Pago fraccionado. Modelos 584, 585

Hasta el 30:

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

Primer Trimestre 2014. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito. Modelo 195

 

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