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Campaña de Renta 2020

Campaña de Renta 2020

Otro año más se inicia la Campaña de Renta 2020 y del Impuesto sobre el Patrimonio.

Todos los contribuyentes, al igual que el año anterior, cualquiera que sea la naturaleza de las rentas obtenidas, podrán obtener el borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (RentaWEB), tras aportar, en su caso, determinada información que les será solicitada al efecto u otra información que el contribuyente pudiera incorporar.

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Calendario del Contribuyente abril 2021

calendario del contribuyente enero 2021

¿Cómo puedo cumplir con el calendario del contribuyente abril 2021?

La presentación electrónica por Internet podrá realizarse con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia. Para todos los modelos podrá utilizarse el DNI electrónico y/o el certificado electrónico, de personas físicas o representantes de personas jurídicas y cualquier otra entidad. La Cl@ve PIN y el número de referencia solo podrán ser utilizados por personas físicas.

Las personas físicas disponen del DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia para presentar, en su caso, declaraciones informativas, censales, determinadas autoliquidaciones, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

Las S. A. y S. L., así como los contribuyentes adscritos a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas o a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, están obligados a presentar por Internet con certificado electrónico sus declaraciones informativas, autoliquidaciones y con carácter general también sus declaraciones censales.

El resto de entidades (cooperativas, asociaciones, fundaciones) presentarán las autoliquidaciones por Internet con certificado electrónico o pre-declaración impresa y las declaraciones informativas por Internet con certificado electrónico.

Recuerde: si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario del contribuyente.

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Medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial. Real Decreto-Ley 5/2021.

medidas apoyo solvencia empresarial

El BOE del sábado 13 de marzo, publicaba el Real Decreto-ley 5/2021, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia del COVID-19, en el que se establecen las directrices de una línea de ayuda para las empresas de los sectores más afectados, así como medidas en el ámbito tributario, concursal y mercantil-societario.

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ADI mostrador virtual de la AEAT para ampliar y mejorar la ayuda al contribuyente.

ADI mostrador virtual de la AEAT

¿Qué es ADI mostrador virtual de la AEAT?

La Administración Digital Integral llegará a contar con más de 300 funcionarios especializados para atender telemáticamente a contribuyentes de todo el territorio nacional

La ADI ofrece una mayor amplitud de horarios y evita la necesidad de desplazamientos a las oficinas tradicionales, que mantendrán la ayuda presencial como hasta ahora

Irá desplegando paulatinamente sus servicios de información y asistencia, y contará con cuatro sedes: Valencia, Madrid, Galicia y Andalucía

Ya están en funcionamiento la ADI de Valencia, centrada en IVA, módulos, trámites censales y las gestiones aduaneras más habituales; y la de Madrid, dedicada a ciertos controles de IRPF

Emprendedores que inicien su actividad, autónomos y pymes, arrendadores y profesionales tributarios, principales beneficiarios de un nuevo modelo complementario de asistencia al contribuyente

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