952313870
info@manresa-asesores.com

Nuevo servicio de ayuda de IVA: Consulta minoristas en recargo de equivalencia

recargo de equivalencia

Con este servicio puede consultar si su cliente minorista está sometido o no al Régimen especial del recargo de equivalencia. Se recuerda que los proveedores de los minoristas que estén en recargo de equivalencia les repercutirán, además de la cuota de IVA correspondiente, el recargo de equivalencia de forma independiente en la factura y sobre la misma base. La liquidación e ingreso del recargo de equivalencia se efectuarán por el proveedor conjuntamente con el IVA y ajustándose a las mismas normas.

El comerciante minorista tiene la obligación de acreditar ante sus proveedores el hecho de estar sometido o no al Régimen del recargo de equivalencia. El dato ofrecido por este servicio de ayuda se corresponde con la situación censal en la fecha de consulta.

enlace al servicio de ayuda

Enlace al nuevo servicio de ayuda:

Consulta minoristas en recargo de equivalencia

¿A quién se aplica el régimen especial del recargo de equivalencia?

A los comerciantes minoristas, personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (sociedades civiles que no tengan objeto mercantil, herencias yacentes o comunidades de bienes cuando todos sus socios, comuneros o partícipes sean personas físicas) salvo si comercializan los siguientes productos:

  1. Vehículos accionados a motor para circular por carretera y sus remolques.
  2. Embarcaciones y buques.
  3. Aviones, avionetas, veleros y demás aeronaves.
  4. Accesorios y piezas de recambio de los medios de transporte comprendidos en los números anteriores.
  5. Joyas, alhajas, piedras preciosas, perlas naturales o cultivadas, objetos elaborados total o parcialmente con oro o platino. Bisutería fina que contenga piedras preciosas, perlas naturales o los referidos metales, aunque sea en forma de bañado o chapado, salvo que el contenido de oro o platino tenga un espesor inferior a 35 micras.
  6. Prendas de vestir o de adorno personal confeccionadas con pieles de carácter suntuario. Se exceptúan de lo dispuesto en este número los bolsos, carteras y objetos similares así como, las prendas confeccionadas exclusivamente con retales o desperdicios, cabezas, patas, colas, recortes, etc., o con pieles corrientes o de imitación.
  7. Objetos de arte originales, antigüedades y objetos de colección definidos en el artículo 136 de la Ley del IVA.
  8. Bienes que hayan sido utilizados por el sujeto pasivo transmitente o por terceros con anterioridad a su transmisión.
  9. Aparatos y accesorios para la avicultura y apicultura.
  10. Productos petrolíferos cuya fabricación, importación o venta está sujeta a los Impuestos Especiales.
  11. Maquinaria de uso industrial.
  12. Materiales y artículos para la construcción de edificaciones o urbanizaciones.
  13. Minerales, excepto el carbón.
  14. Hierros, aceros y demás metales y sus aleaciones, no manufacturados.
  15. Oro de inversión definido en el artículo 140 de la Ley del IVA.

¿Quienes son minoristas?

Son COMERCIANTES MINORISTAS a estos efectos, quienes venden habitualmente bienes muebles o semovientes sin haberlos sometido a procesos de fabricación, elaboración o manufactura, siempre que las ventas a consumidores finales durante el año precedente fueran superiores al 80% de las ventas totales realizadas. Si no se ejerció la actividad en dicho año o bien tributara en estimación objetiva en el IRPF, y tiene la condición de minorista en el IAE no es necesario que cumpla el requisito del porcentaje de ventas.

Si quiere saber más sobre el régimen especial del recargo de equivalencia, pinche AQUÍ.

Fuente: AEAT

Imagen cortesía de nitinut at FreeDigitalPhotos.net

Comentarios

    Dejar un comentario

    XHTML: Puedes usar estas etiquetas: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>

    Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.